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ArtículosArbitraje

La cláusula compromisoria: renunciar al juez antes de tener el pleito

Por el Dr. Marco Antonio Velilla Moreno ·

La cláusula compromisoria es una de las dos formas del pacto arbitral: el negocio jurídico por el que las partes se obligan a someter a arbitraje las controversias que puedan surgir entre ellas. Su efecto propio es la renuncia a hacer valer esas pretensiones ante los jueces. Puede ir dentro del contrato o en documento separado, pero si va separada debe expresar el nombre de las partes e indicar con precisión el contrato al que se refiere.

Sumario
  1. I. Qué se pacta
  2. A. El pacto arbitral, y su efecto propio
  3. B. Las dos formas: compromiso y cláusula compromisoria
  4. II. Cómo debe estar escrita
  5. A. Dentro del contrato, o en documento separado
  6. B. El requisito que se olvida
  7. III. Conclusión

Se firma sin leerla. Aparece al final del contrato, entre la cláusula de notificaciones y la de anexos, y casi nadie se detiene en ella porque en ese momento no hay conflicto. El día que lo hay, resulta que decidía dónde se resuelve.

La pregunta que conviene hacerse antes de firmar no es si el arbitraje es mejor o peor que la justicia ordinaria. Es más concreta: ¿qué renuncio exactamente al firmar esto, y está escrito de manera que produzca el efecto que se busca? Lo primero se responde entendiendo qué es el pacto arbitral; lo segundo, mirando la forma que la ley le exige.

Qué se pacta

El pacto arbitral, y su efecto propio

El artículo 3 de la Ley 1563 de 2012 define el pacto arbitral como el negocio jurídico por virtud del cual las partes someten, o se obligan a someter, a arbitraje las controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas.

Y a continuación dice lo que de verdad importa:

El pacto arbitral implica la renuncia de las partes a hacer valer sus pretensiones ante los jueces.

Esa es la sustancia. No se está escogiendo un procedimiento alternativo por si acaso: se está renunciando, de antemano y por escrito, a la jurisdicción ordinaria para ese contrato. Quien firma sin leer no firma un tecnicismo, firma esa renuncia.

Las dos formas: compromiso y cláusula compromisoria

La misma norma dispone que el pacto arbitral puede consistir en un compromiso o en una cláusula compromisoria. La diferencia entre los dos es de tiempo:

Cuándo se pacta Sobre qué
Cláusula compromisoria Antes de que exista el conflicto Controversias que puedan surgir
Compromiso Cuando la controversia ya existe Ese conflicto concreto

De ahí la asimetría práctica entre las dos. El compromiso se negocia sabiendo quién tiene la razón y quién tiene prisa. La cláusula compromisoria se negocia a ciegas, cuando ninguna parte sabe todavía si le va a convenir — y por eso suele ser la más equilibrada de las dos, si alguien se molesta en leerla.

Cómo debe estar escrita

Dentro del contrato, o en documento separado

El artículo 3 admite las dos posibilidades: la cláusula compromisoria podrá formar parte de un contrato o constar en documento separado inequívocamente referido a él.

La segunda vía es útil cuando el contrato ya está firmado y las partes deciden después someterse a arbitraje. Pero tiene un precio en forma.

El requisito que se olvida

Cuando la cláusula se pacta en documento separado, la norma exige que, para producir efectos jurídicos, exprese:

  1. el nombre de las partes, y
  2. el contrato a que se refiere, indicado en forma precisa.

No es una recomendación de buena técnica: es la condición de la que depende que el documento sirva. Una cláusula separada que dice «las controversias derivadas de la relación comercial entre las partes» no identifica un contrato con precisión, y esa imprecisión se descubre justo cuando ya hay un conflicto y una de las dos partes tiene interés en que el arbitraje no proceda.

Conclusión

Las dos preguntas del comienzo tienen la misma respuesta práctica: la cláusula compromisoria se decide antes, no después. Antes, porque su efecto es renunciar al juez, y esa renuncia solo se puede sopesar cuando todavía no se sabe de qué lado va a caer. Y antes, porque su forma —el nombre de las partes, el contrato identificado con precisión— es lo que determina si el día del conflicto el pacto sirve o es papel.

Revisar una cláusula compromisoria toma menos tiempo que discutir después si era válida. Es parte de lo que se mira en arbitraje y resolución de conflictos.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre cláusula compromisoria y compromiso?

El momento. La cláusula compromisoria se pacta antes de que exista el conflicto, para controversias que puedan surgir. El compromiso se pacta cuando la controversia ya existe. Las dos son formas del pacto arbitral y producen el mismo efecto.

¿La cláusula compromisoria tiene que estar dentro del contrato?

No. El artículo 3 de la Ley 1563 de 2012 permite que forme parte del contrato o que conste en documento separado inequívocamente referido a él.

¿Qué debe decir una cláusula compromisoria pactada por separado?

Para producir efectos jurídicos debe expresar el nombre de las partes e indicar en forma precisa el contrato a que se refiere.

¿Firmar una cláusula compromisoria me impide ir a un juez?

Ese es su efecto propio: la norma dice que el pacto arbitral implica la renuncia de las partes a hacer valer sus pretensiones ante los jueces. Por eso conviene leerla antes de firmar el contrato, no después del conflicto.

Una cláusula compromisoria decide dónde y cómo se resuelve el conflicto. Se redacta antes de que exista, no después.

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