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ArtículosContratación estatal

Estudios previos: el documento donde ya está decidido el contrato

Por el Dr. Marco Antonio Velilla Moreno ·

Los estudios y documentos previos son el soporte del proyecto de pliego, del pliego de condiciones y del contrato. Deben permanecer a disposición del público durante todo el proceso y contener, entre otros elementos, la descripción de la necesidad, el objeto con sus especificaciones, la modalidad de selección y su justificación, el valor estimado, los criterios para seleccionar la oferta más favorable, el análisis de riesgos y las garantías previstas.

Sumario
  1. I. Qué son en la norma
  2. A. El soporte, no el anexo
  3. B. Públicos, y durante todo el proceso
  4. II. Qué deben contener
  5. III. Conclusión

Casi todo el mundo que se presenta a un proceso de selección lee el pliego. Muchos menos leen lo que hay debajo. Y el pliego no nace de la nada: nace de un documento anterior donde la entidad ya decidió qué necesita, por qué lo necesita así y cuánto cree que vale.

De ahí la pregunta que vale la pena hacerse: si el pliego es la regla, ¿dónde está la razón de la regla? Está en los estudios previos. Conviene entonces mirar dos cosas: qué son exactamente en el diseño de la norma, y qué se puede hacer con ellos.

Qué son en la norma

El soporte, no el anexo

El artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 —modificado por el Decreto 399 de 2021— los define por su función: son el soporte para elaborar el proyecto de pliegos, los pliegos de condiciones y el contrato.

Esa palabra ordena todo lo demás. Si el pliego dice qué se exige, los estudios previos dicen por qué. Y si el porqué no está, o no sostiene el qué, el pliego queda sin fundamento.

Públicos, y durante todo el proceso

La misma norma exige que permanezcan a disposición del público durante el desarrollo del proceso de contratación.

No es un archivo interno que se consigue por derecho de petición: es información que tiene que estar disponible mientras el proceso corre, que es justo cuando sirve de algo.

Qué deben contener

La norma enumera los elementos, además de los que exija cada modalidad de selección:

Elemento Qué revela
La descripción de la necesidad que la entidad pretende satisfacer Si el objeto responde a un problema real o a uno construido
El objeto, con especificaciones, y las autorizaciones, permisos y licencias requeridos Qué se contrata de verdad, y qué habilitaciones hacen falta
La modalidad de selección y su justificación, con los fundamentos jurídicos Por qué no se licitó, cuando no se licitó
El valor estimado y su justificación De dónde sale la cifra del presupuesto oficial
Los criterios para seleccionar la oferta más favorable Cómo se va a comparar, antes de que se compare
El análisis de riesgos y la forma de mitigarlos Quién asume qué cuando algo sale mal
Las garantías que la entidad contempla exigir Cuánto cuesta realmente presentarse
Si el proceso está cubierto por un acuerdo comercial Si hay proponentes extranjeros con trato equivalente

Cuando el contrato incluye diseño y construcción, se suman los documentos técnicos para el desarrollo del proyecto.

Conclusión

Leer los estudios previos convierte una lectura pasiva del pliego en una lectura crítica. El requisito que parece arbitrario tiene ahí su justificación —o no la tiene, y esa ausencia es precisamente lo que se observa—. El presupuesto que parece bajo tiene ahí su análisis de mercado. La modalidad que evitó la licitación tiene ahí su fundamento jurídico, o no lo tiene.

Dicho de otra forma: el pliego se discute con los estudios previos en la mano. Sin ellos, una observación es una opinión; con ellos, es una contradicción demostrable entre lo que la entidad dijo que necesitaba y lo que terminó exigiendo.

Esa discusión, y la que viene después si el proceso ya lo dejó fuera, está en contratación estatal.

Preguntas frecuentes

¿Qué son los estudios previos?

El soporte para elaborar el proyecto de pliego, el pliego de condiciones y el contrato. No son un anexo administrativo: son el documento donde la entidad justifica qué necesita, por qué esa modalidad y cuánto vale.

¿Los estudios previos son públicos?

Sí. El Decreto 1082 exige que permanezcan a disposición del público durante el desarrollo del proceso de contratación.

¿Qué deben contener?

Entre otros elementos: la descripción de la necesidad, el objeto con sus especificaciones y los permisos o licencias requeridos, la modalidad de selección y su justificación con los fundamentos jurídicos, el valor estimado y su justificación, los criterios para seleccionar la oferta más favorable, el análisis de riesgos y su mitigación, las garantías previstas y la indicación de si el proceso está cubierto por un acuerdo comercial.

¿Para qué le sirven al proponente?

Explican por qué el pliego pide lo que pide. Un requisito que parece arbitrario suele tener —o no tener— su razón escrita ahí, y eso es lo que hace posible observarlo.

Un proceso de selección se gana o se pierde en las reglas, y las reglas se fijan antes de la adjudicación.

Este artículo explica la regla general. Su caso tiene fechas, documentos y una entidad concretos — y ahí es donde se decide. La primera conversación no tiene costo.

¿Su asunto tiene componente económico o regulatorio?

Una primera conversación para entender el caso y decirle con franqueza si podemos ayudar.

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